UNIVERSIDAD TÉCNICA DE
“AMBATO”
Facultad de Contabilidad y Auditoría
Carrera de Ingeniería Financiera
Módulo de Comercio Electrónico
TEMA:
CONTRATOS ELECTÓNICO, JURISDICCIÓN, FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
Y DELITOS INFORMÁTICOS
INTRODUCCIÓN
La globalización y la creación de
nuevas tecnologías ha provocado que la humanidad se desarrolle a gran escala,
el internet se ha convertido en la herramienta más utilizada a nivel mundial.
Gracias a este medio, nació la nueva era de la comunicación y del comercio es
decir el (COMERCIO ELECTRÓNICO) debido a que este, nos permite abaratar costos
y se puede vender por todo el mundo. El uso del internet como forma de
comunicación, ha sido sin duda una muy buena manera de estructurar el mercado,
de esta manera ofrecer a los empresarios y clientes una manera rápida y barata
de intercambiar cualquier producto a diferentes partes del mundo. Cabe indicar
que por ser transacciones vía internet se debe emitir comprobantes electrónico
que son documentos los cuales son
autorizados y válidos para el SRI.
En lo que se refiere a delitos informáticos
se pude mencionar que aquella persona que revele ilegalmente información
contenida en la base de datos de cualquier individuo u organización será
sancionada con pena privativa de uno a tres años debido a que está cometiendo
una contravención (voluntaria o intencionalmente), en donde está violando la
intimida y privacidad de las personas. Mientras que en la interceptación ilegal
de datos serán sancionadas las personas que en provecho propio o través de un
tercero obtengan información registrada en un sistema informático, en donde los
datos contenidos sean de gran privacidad, también se recalcan situaciones como
la modificación de un sistema de resolución de nombres de dominio, puede ser de
un servidor financiero o pago electrónico; otra circunstancia es la clonación o
comercialización de información contenida en bandas magnéticas, para ello la
pena será de tres a cinco años.
Desarrollo
Según Ródriguez C. La contratación
electrónica posee normas legales para proteger tanto al comprador como al
vendedor estas son aplicables en la jurisdicción ecuatoriana. En la
jurisdicción ecuatoriana se ha establecido reglas y conceptos claros sobre este
tipo de comercio para lo cual tanto como comprador y vendedor deberán analizar
muy minuciosamente para poder establecer un contrato electrónico con todas las
clausulas establecidas para la protección de los implicados en la transacción.
El artículo 231, alude que la persona
que modifique el funcionamiento de un sistema informático para transferir o
apropiarse de un activo patrimonial al igual que aquella persona que facilite
datos de su cuenta bancaria para recibir de forma ilegítima un activo tendrá una pena privativa de
libertad de tres a cinco años. En otros casos como, suprimir o eliminar
mensajes de correo electrónico de sistemas de información telemático, destruir
la infraestructura tecnológica tendrá una pena igual que el en caso anterior
debido a que están deteriorando los recursos para el buen funcionamiento de una
organización.
El comercio electrónico y las transacciones
electrónicas incluyen todas aquellas actividades que suceden antes, después y
durante el intercambio del producto o servicio. Estas actividades tienen que
ver con la publicidad, negociación y venta. El contrato electrónico se entiende
como VENTA ONLINE, lo que significa vender o comprar bienes o servicios a través
de portales web. Los productos que se pueden ofrecer en estas páginas pueden
ser físicos como de servicios o simplemente productos digitales como Imágenes
Sonidos, Base de datos o Software. Por otro lado la factura electrónica tiene
semejanza a la una factura de cualquier imprenta, tiene la misma valides, con
este documento podemos hacer constancia de la adquisición de los bienes y
servicios que una entidad o persona realiza con otra el cual se compromete a la
realización de un pago.
Según Guzmán M la factura electrónica
debe garantizar que la información contenida quede protegida, ya que no se
manipula una vez que se emite y tiene exactamente la misma validez que las
facturas de papel. Las empresas deben cumplir con una serie de requisitos para
obtener este servicio, para ello el primer paso es la obtención de la firma
electrónica el cual se obtiene a través
del Banco Central del Ecuador. Todo persona que tenga un negocio y quiera
implementar este sistema de Facturación Electrónica. Deberá inscribirse en la
página de www.sri.gob.ec.
En los delitos tributarios se puede
señalar que la pena privativa de libertad de uno a tres años será para: aquella
persona utilice información para la cancelación de los registros que llevan
administraciones tributarias, realice operaciones cuando esta clausurada su
establecimiento o emita facturas no autorizadas, falsificar cualquier documento
que le permita realizar normalmente las actividades de administración y
tributarias y llevar doble contabilidad, lo cual hace que no contribuya con los
impuestos correspondientes que beneficiara al país. La sanción de tres a cinco
años es para aquellas personas que emitan y presenten comprobantes (venta o
retención) inexistentes o de empresas fantasmas. Y por último tendrán una
sanción los individuos que excluyan ingresos e incluyan gastos para no pagar de
manera adecuada sus tributos y también aquellos que simulen actos para dar un
beneficio de subsidio, pero aquella persona no tendrá derechos al mismo debido
a que es una actividad fraudulenta.
CONCLUSIONES
- En conclusión, los delitos informáticos y tributarios tienen diferentes tipos de sanciones que son adecuadas para cada contravención cometida, y son de gran acogida ya que así no existirán personas que realicen actividades fraudulentas que de una u otra manera se podrán ver afectadas y perjudicarán a terceros. Para ello se cree conveniente que se acaten todos los artículos presentados en esta ley, y mediante ello se pueda construir un país lleno de justicia y equidad, en organizaciones e individuos.
- El contrato electrónico es la manera de intercambiar artículos abaratando costos creando una forma diferente de transar con ella, el cual conlleva una serie de implicaciones jurídicas con la cual se debe iniciar con esta nueva era de mercado.
- La factura electrónica es si es un archivo que tiene detalles similares a una factura convencional al adquirir un artículo, este comprobante se diferencia de los tradicionales porque posee una firma electrónica en el cual consta todos los datos del vendedor, con la misma validez para el SRI.
Bibliografía:
- Carmen Blázquez Rodríguez; “Contrato Electrónico. Definición y Validez”; publicado por CONVELIA Consultores legales Tecnológicos; Archivo recurado el 10/07/2015; http://convelia.com/contrato-electronico-definicion-y-validez.
- Dr. Carlos Alberto Coello Vera; “El Contrato Electrónico”; Articulo Recuperado el 10/07/2015; http://www.revistajuridicaonline.com/images/stories/revistas/2003/16-tomo-1/16_El_Contrato_Electronico.pdf
- Mayra Liliana Guzmán Rodas; “Análisis Del Proceso De Implementación De La Facturación Electrónica En El Ecuador Desde El Año 2009” ; Universidad De Cuenca; Facultad De Ciencias Económicas Y Administrativas; Escuela De Contabilidad Superior Y Auditoría